¿EN QUÉ CONSISTE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE UN ABOGADO?

Por: Abogado Nicolás Gualle – 0998725157, QUITO – ECUADOR

Los abogados somos profesionales del derecho que ejercemos nuestras labores de forma liberal, independiente y honorífica. Cabe aclarar que este artículo está enfocado principalmente para los colegas que están (estamos) en el libre ejercicio.

1.-NOSOTROS PRESTAMOS SERVICIOS PROFESIONALES.- Esto significa que, por un tiempo determinado y bajo ciertas condiciones y requisitos, ofrecemos nuestros conocimientos, habilidades, estrategias, firma y comparecencia al cliente. Una vez terminado el contrato, el encargo, o por decisión de ambas partes o de forma unilateral, culmina la prestación del servicio.

2.-NO ES UNA RELACIÓN DE DEPENDENCIA LABORAL.- El cliente NO es, de ninguna manera, nuestro “jefe” o “patrón”. Los abogados ejercemos nuestra profesión de forma liberal, independiente, honorífica y de acuerdo a nuestros términos y condiciones. Por ende, la prestación de servicios profesionales no está sujeta al CÓDIGO DEL TRABAJO, sino al CÓDIGO CIVIL, CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL y la LEY DE LA FEDERACIÓN DE ABOGADOS DEL ECUADOR.

3.-LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES ES LIBERAL Y HONORÍFICA.- Esto consiste en que los abogados ejercemos nuestra profesión acorde a nuestros propios horarios, sitios de trabajo, estrategias, términos y condiciones; cada abogado tiene los suyos como mejor le convengan por lo que el cliente debe saber si dicha forma de ejercer la profesión es compatible con lo que está buscando o no. Adicionalmente, no cobramos un salario o sueldo y tampoco prestaciones sociales, sino un HONORARIO pactado libremente entre las partes contractuales y acorde a la libre oferta y demanda de servicios jurídicos.

4.-LOS ABOGADOS NO SOMOS SIMPLES “TRAMITADORES”.- Los tramitadores tienen su espacio laboral, los abogados les contratamos como parte del despacho de causas. Pero, de ninguna manera nuestra profesión se enmarca en las labores propias de un “tramitador”. Es decir, no se nos puede rebajar de categoría profesional ni por jueces, fiscales, notarios ni por el mismo cliente.

5.-LEYES QUE RIGEN EL LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS ABOGADOS.- La prestación de servicios profesionales del abogado ecuatoriano se rige por: Constitución de la República del Ecuador, Código Civil, Código Orgánico de la Función Judicial y Ley de la Federación de Abogados del Ecuador.

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abogado Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

 

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