ABOGADO NICOLÁS GUALLE – EXPERTO LEY DE INQUILINATO ECUADOR 2026

Por: Abg. Nicolás Gualle - 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO, QUITO – ECUADOR, ECUATORIANOS RESIDENTES EN EEUU Y EUROPA

En las consultas en mi despacho jurídico cada día veo como muchos arrendadores, arrendatarios e incluso abogados cometen una serie de errores en los CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO, ya sea por desconocimiento de las normas que rigen este tipo de contratos, por intentar “redactar” contratos utilizando IA o ya sea por comprar formatos de papelería. En todos los casos descritos se producen ERRORES LEGALES, VICIOS OCULTOS y LESIÓN DE LEGÍTIMOS INTERESES de una o ambas partes comparecientes.

Para evitar esto debe buscar la ASESORÍA LEGAL DE UN EXPERTO ABOGADO INMOBILIARIO – INQUILINATO; mientras tanto les obsequio algunos conocimientos generales para este tipo de contratos, a saber:

a) El contrato puede ser verbal o escrito, la ley determina cuando procede una u otra modalidad

b) Hay que verificar la legitimación activa de los comparecientes

c) Los contratos de arrendamiento hechos con IA o comprados en papelerías de barrio tienen muchos vicios y errores legales

d) En predios urbanos el plazo mínimo es de 2 años (existen excepciones)

e) El canon mensual de arriendo no puede superar el 0,83% del avalúo del predio

f) La Ley no define un monto específico para la garantía, queda a voluntad de las partes en base a los usos y costumbres geográficas

g) Los derechos de los inquilinos son irrenunciables

h) Las reparaciones locativas corresponden unas al arrendador y otras al arrendatario

i) El subarrendamiento está permitido solo en ciertos casos

j) Se deben inscribir en una Notaría Pública los contratos que superen el salario básico

k) Se debe registrar en la Oficina Municipal correspondiente todos los contratos

l) Los contratos celebrados por escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, no podrán ser desahuciados (en ciertos casos)

m) Los contratos de arrendamiento comercial o leasing deben ser inscritos en el Registro Mercantil

n) Se rigen por la Constitución, Ley de Inquilinato, Código Civil, Ley Notarial y, en ciertos casos, Código de Comercio

o) El contrato puede terminar por convención de las partes contractuales, en sede Notarial, en el Juzgado de Inquilinato, o en un Centro de Mediación y Arbitraje

p) El contrato de arrendamiento puede ser desahuciado de conformidad con las tres causales establecidas por la Ley

q) El inquilino puede oponerse al desahucio

r) El contrato de arrendamiento puede ser convencional o de leasing

s) No se debe poner en la cláusula de LITIS un candado legal innecesario o una antinomia jurídica

t) Los contratos de alquiler modalidad AIR - BNB tienen sus propias cláusulas

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO

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SE REQUIEREN PASANTES DE DERECHO PARA EL DESPACHO JURÍDICO DEL ABOGADO NICOLÁS GUALLE, EN QUITO – ECUADOR