15 TIPS BÁSICOS DE INQUILINATO QUITO – ECUADOR

Por: Abogado Nicolás Gualle – 0998725157, QUITO - ECUADOR

Desde nuestro despacho jurídico obsequiamos al público los 15 TIPS BÁSICOS DE INQUILINATO – ECUADOR, mismos que deberá tenerlos presente al momento de elaborar, suscribir un contrato de arrendamiento y, en caso de solucionar controversias.

·        El contrato puede ser verbal o escrito, la ley determina cuando procede una u otra modalidad

·        En predios urbanos el plazo mínimo es de 2 años (existen excepciones)

·        El canon mensual de arriendo no puede superar el 0,83% del avalúo del predio

·        La Ley no define un monto específico para la garantía, queda a voluntad de las partes

·        Los derechos de los inquilinos son irrenunciables

·        Las reparaciones locativas corresponden unas al arrendador y otras al arrendatario

·        El subarrendamiento está permitido solo en ciertos casos

·        Se deben inscribir en una Notaría Pública los contratos que superen el salario básico

·        Se debe registrar en la Oficina Municipal correspondiente todos los contratos

·        Los contratos celebrados por escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, no podrán ser desahuciados

·        Se rigen por la Constitución, Ley de Inquilinato, Código Civil, Ley Notarial y, en ciertos casos, Código de Comercio

·        El contrato puede terminar en sede Notarial, en el Juzgado de Inquilinato, o en un Centro de Mediación y Arbitraje

·        El contrato de arrendamiento puede ser desahuciado de conformidad con las tres causales establecidas por la Ley

·        El inquilino puede oponerse al desahucio

·        El contrato de arrendamiento puede ser convencional o de leasing

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

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